sábado, 18 de octubre de 2014

Es posible

La de hoy será una entrada corta, en la que trataré de compartir mis emociones respecto al concierto de Marta Gómez (una de mis cantantes y escritoras de canciones favoritas) en el teatro mayor Julio Mario Santodomingo, y a la iniciativa de Para la Guerra Nada


Hoy, al ver a 1300 personas (había como 20 sillas vacías) aplaudiendo cada verso, cada palabra de la canción Para la Guerra Nada de Marta Gómez, viendo a los niños de Cantoría Infantil, dedicar sus voces a la paz, encontré algo que estaba buscando hace tiempo, la seguridad de que es posible ser un país de paz.

No se trata solo de saber que se puede llegar a un acuerdo con tal o cual grupo, se trata de saber que nuestra sociedad está dispuesta, como dice la canción, a dedicar sus esfuerzos, su creatividad, su vida al vivir bien, dispuesta también, a no malgastar esfuerzos en el círculo infinito de la guerra

Es que no es lo mismo escuchar y ver a los artistas, esas personas locas que quieren cambiar el mundo (como lo dijo la misma Marta Gómez al referirse a la tarea de Cesar López)  producir sus versos para esta causa, que escuchar a la gente festejar la iniciativa.

El camino es largo, el cambio será lento, seguramente esas 1300 personas son una muestra totalmente sesgada, pero es un buen comienzo. Por ahora, escuchemos la canción... y todas las canciones de Marta Gómez



miércoles, 1 de octubre de 2014

Comunicado Sobre Modificación del Decreto 2820 de 2010

Comunicado a la opinión pública


Las personas que optamos por hacer del conocimiento, la protección y la correcta gestión del ambiente, nuestra forma de vida; vemos con preocupación varios de los recientes anuncios del gobierno colombiano, que pretenden incrementar el modelo extractivista, en total contravía con las tendencias  de respeto por la naturaleza y por las comunidades locales.

Son varios los anuncios impactantes que en los últimos días ha hecho este gobierno, pero hoy queremos ofrecer argumentos de discusión frente al anuncio más reciente, la intención de modificar el decreto 2820 de 2010 sobre licencias ambientales. Queremos aprovechar el nuevo plazo de discusión que anunció el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible paura fijar nuestra posición, mencionando los artículos objeto de modificación que en nuestro concepto, atentan contra la protección ambiental y el desarrollo sostenible, pilares de dicho ministerio.

A pesar de que la anterior ministra de ambiente, quien fuera también directora de la ANLA (tema importante al momento de hablar de responsabilidades políticas) manifestó en diferentes ocasiones la necesidad de establecer procesos de licenciamiento ambiental para los proyectos de exploración sísmica, manifestaciones que se hicieron debido a diferentes reclamos de muchas comunidades que han podido evidenciar los gravísimos impactos sociales y ambientales que ocasiona esta práctica; vemos que el numeral 1 del artículo 8 plantea la necesidad de licencias en el sector hidrocarburos para “a) Las actividades de exploración sísmica que requieran la construcción de vías para el tránsito vehicular y las actividades de exploración sísmica en las áreas marinas del territorio nacional cuando se realicen en profundidades inferiores a 200 metros”. A pesar de que se podía modificar este punto, como se había anunciado, el ministerio decidió proteger a las empresas y desconocer sus propios anuncios, manteniendo la misma política de facilitar la realización de una de las fases más agresivas del proceso exploratorio de hidrocarburos evitando los mecanismos de control y seguimiento que plantean las licencias ambientales. Sin embargo, el numeral 8.1 del mismo artículo, sí fue modificado evitando el licenciamiento para la construcción de la mayoría de dobles calzadas y túneles en el país, al decir que se exigirá licencia para “b) La construcción de segundas calzadas; salvo las calzadas adosadas. La construcción de estas últimas colindantes a la primera calzada, se consideran como actividades de mejoramiento” y “c) La construcción de túneles con sus accesos, salvo los túneles adosados a los ya existentes. La construcción de estos últimos colindantes con los primeros, se consideran como actividades de mejoramiento” Graves implicaciones, pues afecta ecosistemas que no recibirán la atención necesaria por la falta de conocimiento de la composición de sus comunidades, distribución, valores culturales y otros atributos que son parte del patrimonio colombiano.

La modificación del numeral 7 del artículo 9, repite la misma fórmula del artículo anterior, pero esta vez    sobre los proyectos en la red vial secundaria y terciaria, al mencionar la misma exigencia para: “b) La construcción de segundas calzadas; salvo las calzadas adosadas. La construcción de estas últimas colindantes a la primera calzada, se consideran como actividades de mejoramiento y “c) La construcción de túneles con sus accesos, salvo los túneles adosados a los ya existentes. La construcción de estos últimos colindantes con los primeros, se consideran como actividades de mejoramiento”  Esta modificación, deja sin herramientas a las CAR, para poder ejercer un buen control sobre los impactos sociales y ambientales causados por este tipo de obras.
La modificación del artículo 23 plantea una reducción drástica para para la revisión inicial del DAA (Diagnostico de Alternativas Ambientales), esta reducción afecta el correcto trabajo de los profesionales encargados de dicha revisión y podría inducir a graves errores en la evaluación, además, sería bueno aclarar la diferencia jurídica y cronológica que tiene el cambio de la palabra Ejecutoriado por Expedido al referirse al inicio de dicha revisión.

La modificación al artículo 24 (numeral 7), elimina la necesidad de solicitar el certificado de presencia de resguardos indígenas y/o territorios colectivos titulados por el INCODER y deja esta responsabilidad en manos del Ministerio del Interior, sin que se manifieste la forma o mecanismos para que estas dos entidades puedan compartir su información. Además, como lo plantea la columna de María López Castaño[1], las limitantes de tiempo que piensa incluir el ministerio en este decreto, pretender reducir y homogenizar los tiempos y procedimientos para la realización de los proceso de Consulta Previa, mostrando un grave retroceso en el cumplimiento del convenio 169 de la OIT y mostrando un total desconocimiento de las particularidades de las comunidades étnicas del país.
El numeral 2 del artículo 25 plantea la posibilidad de no hacer visita al área del proyecto expresado así “realizará visita al proyecto, en caso de que ello haya lugar,” sumado a esto la entrega de información adicional únicamente en esa instancia y deja sin peso la actuación comunitaria, ya que limita su participación a sus “representantes”. Consideramos que el espacio ideal para que una comunidad pueda hacer observaciones y manifestar sus inconformidades sobre un proceso de EIA, y el proyecto que este estudio evalúa, es el lugar donde se desarrollará el proyecto, o sea donde está asentada dicha comunidad, la modificación sugerida no específica dónde se realizarán dichas reuniones . También pensamos que la comprobación en campo de lo plasmado en estos estudios, es la única garantía para que las personas encargadas por la ANLA para esta evaluación puedan realizar su trabajo de la mejor manera posible.

El numeral 9 del artículo 29 se repite la fórmula de tratar de engañar a la opinión con anuncios previos, para después incluir regulaciones que van en contra de lo anunciado. En este caso, tanto en la columna  [2] del viceministro de energía anunciando la llegada del “fracking” a nuestro país, como en diferentes entrevistas e intervenciones de otros funcionarios del gobierno,  se aseguraba que la regulación y el proceso de licenciamiento para poder desarrollar esta técnica se iban a realizar con la mayor exigencia y de los más estrictos controles, sin embrago vemos que este numeral menciona que solo se deberá solicitar una modificación de licencia “Para el caso de proyectos existentes de exploración y/o explotación de hidrocarburos en yacimientos convencionales que pretendan también desarrollar actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en yacimientos no convencionales en la misma área ya licenciada y cuando el titular sea el mismo.” Definición que contradice todo lo manifestado anteriormente, pues lo que se ve es  la intención  de reducir el tiempo en los trámites de licenciamiento para este tipo de proyectos, sobre los que debe operar el principio de precaución, como lo han manifestado diferentes autoridades ambientales y jurídicas del país[3].

Sentimos una profunda preocupación por esta intención del gobierno, sustentada además en el hecho de que se pretendió hacer bajo el mayor secreto, dejando en manos de unos pocos este proceso. Sin embargo, consideramos que estamos a tiempo para realizar nuestros aportes y críticas constructivas hacia la política ambiental de nuestro país. Por esta razón solicitamos se defina con claridad los tiempos, lugares y formas para participar en las consultas sobre la modificación del decreto 2820 de 2010.

Hacemos un llamado al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a la transparencia, no solo en este proceso, sino en su actuar institucional, esto contribuirá a establecer directrices acordes a la altura de la realidad social, cultural y ambiental de nuestra nación.

Por años, nos hemos llenado de orgullo al decir que somos un país de vanguardia en cuanto la legislación ambiental, no destruyamos esa imagen, y no permitamos que el afán del desarrollo mal enfocado nos haga olvidar nuestros principios como nación.

Cordialmente

Lylieth Fernanda Varela
Juan Manuel Pérez
Juan Pablo Paz Concha
Juan Ospina
Mauricio Sarmiento Pancho
Andrés Gabriel Ocoró
Fanny Milena Motta
Irina Machacon Guzmán
Diana Ospina
Magali Cruz Erazo
Ana Milena Gongora
Andrés José Vivas
Camilo Londoño
María Fagúndez
Stephanie Velasquez
Claudia Martinez Mosquera
Manuel Ramón
Luis Gerardo Chilito López
Rossana Sarria Bustamante
Viviana Muñoz
Colegio Nacional de Ecólogos (COLNADE)
Mariela Palacios
Fernando Andrés Imbachí
César Augusto Gómez
Carlos Varela
Jeremías Chicandé
*El comunicado queda abierto para adhesiones, si desea sumarse, puede manifestarlo mediante comentario.


[1] ¿Desarrollo Sostenible Express? María López Castaño, columna en Semana Sostenible, 26 de septiembre de 2014
[2] Estimulación hidráulica. Orlando Cabrales Segovia, columna en el diario el Tiempo, 31 de agosto de 2014
[3] Carta Dejusticia, Foro Nacional Ambiental y WWF, 12 de septiembre de 2014; y; Precaución con el ‘fracking’ Rodrigo Uprimny, columna diario El Espectador, 20 de septiembre 2014